RH y reclutamiento

¿Existe el periodo de prueba en Venezuela? Lo que dice la LOTTT

La LOTTT no tiene periodo de prueba para quien entra: la estabilidad llega al cumplir un mes (art. 87). Qué significa para la empresa y cómo evaluar antes.

En Venezuela no existe un periodo de prueba al contratar, por lo menos no con ese nombre. La LOTTT (Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 6.076 del 7 de mayo de 2012) no tiene un artículo que lo cree. Lo que hay es una regla de estabilidad: el trabajador contratado por tiempo indeterminado queda protegido a partir del primer mes de servicio (artículo 87). De ahí viene lo que mucha gente llama «periodo de prueba de 30 días».

Para la empresa, eso deja un margen corto. Tienes un mes para comprobar que la persona sirve para el puesto, y desde el día siguiente ya no puedes terminar la relación sin causa calificada por la Inspectoría del Trabajo mientras siga vigente la inamovilidad. Por eso la prueba de verdad conviene hacerla antes de la oferta.

¿Qué dice la LOTTT sobre el periodo de prueba?

Lo menciona una sola vez, y no para quien entra a la empresa. El artículo 80, que enumera las causas de retiro justificado, aclara que no es despido indirecto devolver a un trabajador a su puesto original cuando estaba «sometido a un período de prueba en un puesto de categoría superior», y agrega: «El período de prueba no podrá exceder de noventa días».

Es decir, los 90 días que aparecen en muchos contratos aplican a un ascenso, no a un ingreso. Quien copia un modelo viejo con «periodo de prueba de tres meses» para un trabajador nuevo está escribiendo algo que la ley vigente no respalda.

La regla que sí gobierna el primer mes es la del artículo 87. Según ese artículo, están amparados por la estabilidad:

  1. Los trabajadores a tiempo indeterminado, «a partir del primer mes de prestación de servicio».
  2. Los contratados por tiempo determinado, mientras no venza el término.
  3. Los contratados para una obra determinada, hasta que terminen las tareas para las que se les contrató.

El mismo artículo deja fuera a los trabajadores de dirección: no tienen la estabilidad de la ley, tengan el tiempo que tengan.

¿Cuánto dura el periodo de prueba en Venezuela?

Un mes, si por periodo de prueba entendemos el tiempo en que el trabajador nuevo todavía no tiene estabilidad. No hay un plazo mayor que se pueda pactar para un ingreso.

Situación Qué dice la norma Fuente
Trabajador nuevo a tiempo indeterminado Estabilidad desde que cumple un mes LOTTT, art. 87, num. 1
Trabajador ascendido a un puesto superior Puede volver a su puesto si no funciona, en un periodo de prueba de hasta 90 días LOTTT, art. 80, lit. a
Contrato por tiempo determinado Estabilidad mientras dure el término; solo es válido en los cuatro casos del art. 64 LOTTT, arts. 64 y 87
Trabajador de dirección Sin estabilidad de la ley LOTTT, art. 87, último párrafo

¿Se puede firmar un contrato «a prueba» o de 90 días?

Se puede firmar, pero no sirve para lo que se busca. Hay dos atajos comunes y los dos chocan con la ley.

Escribir «periodo de prueba de 90 días» en un contrato indefinido. El artículo 19 de la LOTTT dice que «en ningún caso serán renunciables los derechos» que favorecen a los trabajadores. La estabilidad que la persona gana al cumplir un mes no desaparece porque el contrato diga otra cosa.

Hacer un contrato por tiempo determinado de uno o tres meses para «probar». El artículo 64 solo permite el contrato por tiempo determinado cuando lo exige la naturaleza del servicio, para sustituir de forma provisional a otro trabajador, para venezolanos que trabajarán fuera del país o cuando no ha terminado la labor para la que se contrató a alguien. Probar a una persona no es ninguno de esos casos. Y el propio artículo lo dice: el contrato hecho por otras causas «será nulo» y el trabajador queda con estabilidad. Además, el artículo 61 presume que toda relación de trabajo es por tiempo indeterminado.

Si necesitas el contrato bien hecho, Quincenea tiene un formato de contrato individual de trabajo para Venezuela con las menciones del artículo 59.

¿Qué pasa después del primer mes? La inamovilidad

Desde el día 31, además de la estabilidad de la LOTTT, el trabajador queda cubierto por la inamovilidad. El Decreto N.° 5.070 (Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 6.868 del 27 de diciembre de 2024) la fija del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026 y protege a los trabajadores del artículo 87 de la LOTTT (art. 5 del decreto). Quedan fuera los de dirección, los de temporada y los ocasionales.

Con inamovilidad, el trabajador no puede ser despedido, desmejorado ni trasladado sin una justa causa calificada antes por el Inspector del Trabajo (art. 2). Si se le despide sin ese paso, tiene 30 días continuos para pedir el reenganche y el pago de salarios caídos (art. 3). Cómo funciona la calificación de falta y qué hacer si llega una orden de reenganche está explicado en la guía de inamovilidad laboral de Quincenea.

¿Qué le debo a un trabajador que sale en el primer mes?

Lo trabajado y la garantía de prestaciones sociales del primer trimestre. Que no tenga estabilidad no quiere decir que salga sin nada.

El detalle que se pasa por alto está en el artículo 142 de la LOTTT: el patrono deposita como garantía de prestaciones el equivalente a quince días de salario cada trimestre, y «el derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre». Quien trabajó tres semanas ya empezó su primer trimestre. Las vacaciones y el bono vacacional fraccionados (art. 196) y las utilidades fraccionadas (art. 131) se calculan en cambio por meses completos de servicio, de modo que antes de cumplir el mes no generan pago. Para no calcularlo a mano, usa la calculadora de liquidación de Quincenea; el método está en su guía de prestaciones sociales.

Cómo aprovechar el primer mes si eres la empresa

Un mes alcanza para ver si alguien llega a tiempo y se adapta. No alcanza para saber si un vendedor cierra o si una analista domina el puesto. Por eso conviene mover la evaluación al proceso de selección y usar el primer mes para confirmar, no para descubrir.

Antes de la oferta:

  • Escribe qué tiene que lograr la persona en sus primeros 30 días. Si no lo puedes escribir, tampoco lo vas a poder evaluar al día 25.
  • Haz la misma entrevista estructurada a todos los candidatos. En la revisión de Sackett y colegas (Journal of Applied Psychology, 2022), la entrevista estructurada fue el método de selección con mayor validez promedio (.42).
  • Pide una muestra de trabajo del puesto. Para una cajera, un corte de caja; para un auxiliar de nómina, un cálculo real. Quincenea tiene una prueba de corte de caja en bolívares y dólares y otra práctica de nómina venezolana, de unos 18 minutos cada una.
  • Llama a dos jefes anteriores y pregunta por hechos: qué hacía, cómo lo medían, si lo volverían a contratar.

Durante el mes:

  • Revisa las metas en la semana dos y otra vez alrededor del día 25, con notas por escrito.
  • Si decides no seguir, hazlo antes de que se cumpla el mes y paga la liquidación completa. Decidir el día 35 ya es otra conversación, con el Inspector del Trabajo de por medio.

Qué mide cada tipo de prueba y qué no está en pruebas psicométricas: qué miden y qué no, y lo que cuesta equivocarse en el costo de una mala contratación.

¿Y si soy el trabajador?

Durante el primer mes tienes los mismos derechos de salario, cestaticket, seguro social y beneficios que cualquier otro trabajador; lo único que no tienes todavía es la estabilidad. Si te despiden antes de cumplirlo, te deben lo trabajado y la garantía de prestaciones del trimestre (art. 142). Si te despiden después sin calificación del Inspector, el Decreto 5.070 te da 30 días continuos para pedir el reenganche.

Si prefieres que alguien filtre antes por ti

En In Growth Solutions hacemos reclutamiento y selección en Venezuela: perfil del puesto, búsqueda, pruebas en línea y entrevista estructurada antes de que hagas la oferta, para que el primer mes sirva para confirmar. Cotizamos según el puesto y no le cobramos nada al candidato. Si estás armando el proceso por tu cuenta, empieza por cómo contratar personal en Venezuela.

Este artículo resume normas vigentes al 26 de octubre de 2026 y no sustituye la asesoría de un abogado laboral para tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Existe el periodo de prueba en Venezuela?

No como figura propia para quien recién ingresa. La LOTTT (Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 6.076 del 7 de mayo de 2012) no tiene un artículo que cree un periodo de prueba al contratar. Lo que sí dice, en su artículo 87, es que el trabajador a tiempo indeterminado queda amparado por la estabilidad a partir del primer mes de servicio. Por eso en la práctica se habla de un «periodo de prueba de 30 días».

¿Cuánto dura el periodo de prueba en Venezuela?

Lo que se suele llamar así es el primer mes de servicio, porque la estabilidad del artículo 87 de la LOTTT empieza al cumplirlo. El único periodo de prueba que la LOTTT nombra con ese nombre es el de un trabajador que asciende a un puesto superior: el artículo 80 dice que ese periodo no puede pasar de noventa días.

¿Es válido un contrato con periodo de prueba de 90 días en Venezuela?

Puedes escribirlo, pero no le quita al trabajador la estabilidad que gana al cumplir un mes, porque el artículo 19 de la LOTTT dice que los derechos que favorecen al trabajador no son renunciables. Tampoco sirve firmar un contrato por tiempo determinado «de prueba»: el artículo 64 solo permite ese tipo de contrato en cuatro casos, y fuera de ellos el contrato es nulo y el trabajador tiene estabilidad.

¿Puedo despedir a un trabajador antes de cumplir el mes?

Antes del mes no está amparado por la estabilidad del artículo 87 ni por la inamovilidad del Decreto 5.070, que se remite a ese artículo. Igual le debes lo trabajado y la garantía de prestaciones sociales del trimestre, que según el artículo 142 de la LOTTT se adquiere al iniciarlo. Vacaciones y utilidades fraccionadas se pagan por meses completos (arts. 196 y 131), así que antes del mes no suman. Después del mes, despedirlo sin falta calificada por el Inspector del Trabajo lo expone a un reenganche con salarios caídos mientras el decreto esté vigente.

¿Hasta cuándo hay inamovilidad laboral en Venezuela?

El Decreto N.° 5.070, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 6.868 del 27 de diciembre de 2024, fija la inamovilidad del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026. Excluye a los trabajadores de dirección, a los de temporada y a los ocasionales.

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